Recientemente algunos fármacos para el tratamiento de la diabetes han recibido una atención notable en los medios de comunicación. Esto se debe a que están indicados para el tratamiento de la diabetes tipo 2 pero han demostrado tener un importante efecto en la reducción de peso. ¿Cuál es la situación de estos fármacos a nivel español?
Se trata de dos moléculas, semaglutida y liraglutida, que mejoran el control de los niveles de glucosa o azúcar en sangre y reducen el hambre, facilitando la pérdida de peso. El beneficio en diabetes es doble, además del efecto directo, adelgazarse también tiene una repercusión positiva en el control de los niveles de glucosa en sangre.
Si son medicamentos sujetos a prescripción médica, ¿por qué han tenido tanta notoriedad fuera de las consultas médicas?
La razón radica en el segundo efecto comentado: la reducción del apetito y la facilitación de la pérdida de peso. Nuestra sociedad padece un problema grave por el aumento del número de personas con sobrepeso y obesidad. Por tanto, la posibilidad de contar con tratamientos que ayuden en el complejo camino de intentar adelgazar es algo muy relevante. Esta pérdida de peso tiene efectos a nivel metabólico o de funcionamiento interno del organismo, a nivel mecánico relacionado con la movilidad e, incluso, a nivel psicológico.
Uno de los fármacos que ha tenido mucho eco en la prensa generalista ha sido la semaglutida. Debemos señalar que este “boom” en medios de comunicación surgió a raíz de su falta de suministro en farmacias. Podemos decir que durante un tiempo “murió de éxito”. En nuestro entorno este fármaco sólo está aprobado para el tratamiento de personas con diabetes, sin embargo, su especial efectividad para ayudar a perder peso ha hecho que se expanda su uso más allá de esta enfermedad.
Para terminar de hacer más compleja la situación, no debemos confundir indicación o autorización de uso con financiación. Hasta el momento hemos hablado de lo primero. Pero es que no todos los fármacos aprobados para un uso concreto cuentan con financiación pública (pagada colectivamente con nuestros impuestos). De hecho, la liraglutida no está financiada, por lo que el coste íntegro del fármaco debe ser aportado por la persona a quien se le ha prescrito.