Como explicó la Dra. Maciá, anteriormente a este Decreto ya existía una normativa europea, la European Qualifications Framework (EQF), que determinaba cuatro niveles entre el nivel de Técnico Superior (nivell 1) i el de Doctor (nivell 4), y en nuestro país había en vigor el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, de establecimiento de la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, que marca el total de créditos europeos o ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System) que se han de cursar según sea nivel de Grado, de Máster o de Doctorado.
Hoy en día, se acepta que el Grado de Enfermería requiera tener cursados 240 créditos ECTS y que los estudios universitarios sean de cuatro años de duración. Se han de cursar 4.600 horas, el 50% de las cuales de prácticas, y la docencia se reparte a partes iguales entre los docentes universitarios y los clínicos y gestores de las organizaciones sanitarias. Para la Dra. Macià, el debate sobre las fórmulas "3 años + 2 años o "4 años + 1 año" no tiene mucho futuro.
La reglamentación actual entre los 28 Estado miembors de la UE es unitaria, y cada nivel tiene reconocidas las competencias de manera general. Desde 2013 se incluye a la normativa la prescripción de cuidados por parte de las enfermeras, la cual está pendiente de ser incorporada al ordenamiento jurídico vigente.